martes, 25 de marzo de 2014

IV. HONRARÁS A TU PADRE Y A TU MADRE

·         Muchas veces, esos padres creen que honrarlos significa que su autoridad debe ser indiscutible; que hay que obedecerlos de forma ciega y cumplir con todos sus caprichos.
·         La educación es básica en el desarrollo de la libertad. Pero éste es un tema que encierra un drama. Quien educa, padre o maestro, lo hace para que el educado se vaya, se autonomice. Pero hay una lucha interna, porque uno quisiera retener al educado, ser imprescindible.
·         Honrarás a padre y madre, pero ¿honrarás igual al padre que a la madre? Esto se vio condicionado por las distintas épocas.
·         Estamos frente a una idea que considera que los padres son fenómenos culturales de los cuales se puede prescindir. Frente a estas situaciones, tengo otra lectura de este mandamiento: existe el derecho a tener padre y madre, el derecho a contar con una filiación.
·         Estamos frente a un mandamiento que requiere de un complemento imprescindible: la obligación de honrar a padre y madre trae aparejado el derecho de tener un padre y una madre a quienes honrar.
·         En este sentido, José María Blázquez explica que «en todas las culturas del mundo antiguo, era obligación respetar al padre y a la madre. Lo que hizo en este caso el legislador hebreo fue darle un carácter religioso a la norma. A partir de ese momento era el propio Yahvé el que ordenaba respetar a los padres. Pero el mandamiento abarcaba también a los abuelos, los tíos carnales, los tíos lejanos, etcétera.
·         Honrar significaba socorrerlos en caso de necesidad, enfermedad, vivir con ellos si no podían hacerlo solos. El cuarto mandamiento siempre tuvo un carácter social y económico».


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